COMUNICADO:
La CTA ha obtenido una importante sentencia en el Juzgado de lo Social nº1 de Córdoba, que reconoce el derecho a la desconexión digital para todas las trabajadoras del Servicio de Ayuda a Domicilio. La CTA estuvo representada en el juicio por el letrado Sr. Ibarra Mirada.
Esta sentencia se dictó a raíz de la demanda interpuesta contra la empresa INEPRODES, S.L., encargada de prestar el Servicio de Ayuda a Domicilio en la localidad de La Guijarrosa. La demanda respondía a la práctica de la empresa de llamar a las Auxiliares de Ayuda a Domicilio del S.A.D. de La Guijarrosa a su teléfono particular fuera de su horario laboral, perturbando su descanso diario, semanal o anual, con el fin de ordenar o solicitar la realización de servicios domiciliarios no programados previamente en su cuadrante semanal.
El fallo de la sentencia declara que «el comportamiento de INEPRODES, S.L. lesiona su derecho laboral a la desconexión digital y su derecho fundamental a la intimidad personal y familiar».
La sentencia condena a INEPRODES, S.L. a «abstenerse de perturbar el descanso diario, semanal o anual de las Auxiliares de Ayuda a Domicilio del S.A.D. de La Guijarrosa mediante llamadas telefónicas o mensajes de texto a su teléfono particular fuera de su horario de trabajo, con el fin de ordenar o solicitar la realización de servicios de atención domiciliaria distintos de los previamente programados en su cuadrante semanal».
COORDINADORA DE TRABAJADORES DE ANDALUCÍA
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