A partir del 1 de octubre de 2024, los Técnicos de Emergencia Sanitaria (TES) cesarán de manera definitiva en la realización de funciones que, por ley, corresponden a los celadores. Esta decisión marca el fin de una práctica que había generado controversia en el sector sanitario, ya que durante más de dos años, los TES habían asumido tareas dentro de los hospitales, como la movilización de pacientes, que en realidad están fuera de su ámbito competencial.
La medida responde a las exigencias de la Administración sanitaria y la empresa gestora de los TES, quienes habían estado solicitando a estos profesionales que ingresaran en los hospitales para trasladar a los pacientes, a pesar de que su labor está limitada por normativa a un ámbito extrahospitalario. Esto significa que los Técnicos de Emergencia Sanitaria no pueden, por ley, desempeñar sus funciones dentro de las instalaciones hospitalarias. La necesidad de restablecer el marco de competencias laborales es vista como un paso necesario para garantizar tanto la seguridad de los pacientes como la correcta distribución de tareas entre los diferentes profesionales de la salud.
No obstante, con el cese de esta práctica, también se ha confirmado la externalización del servicio de celadores, lo que implica la privatización de estas funciones dentro del sistema de salud. Este cambio en la gestión ha suscitado inquietud entre los trabajadores sanitarios, quienes temen que esta medida pueda tener repercusiones negativas tanto en la estabilidad laboral como en la calidad del servicio prestado a los pacientes.
El sindicato CTA, en representación de los trabajadores, ha manifestado su preocupación, advirtiendo sobre el impacto de la medida en la atención a los pacientes. Argumentan que, durante los traslados colectivos de varios pacientes, al no haber personal técnico adecuado para supervisar a todos, algunos pacientes pueden quedar sin atención momentánea, lo que pone en riesgo su seguridad. Además, los técnicos que se vean obligados a realizar estas tareas podrían incurrir en una falta tipificada en el artículo 196 del Código Penal, que se refiere a situaciones que comprometan la integridad de los pacientes.
El sindicato CTA ha sido enfático al denunciar que la realización de funciones que no corresponden a los TES no solo representa un intrusismo laboral, sino también una práctica negligente que pone en riesgo tanto a los trabajadores como a los pacientes. Además, recalcan su oposición a la privatización de estos servicios, reiterando su compromiso con la defensa de una sanidad pública de calidad.
En definitiva, esta decisión supone un cambio importante en la estructura de gestión de los servicios sanitarios, poniendo de relieve la necesidad de clarificar las competencias de cada grupo profesional para evitar conflictos laborales y asegurar una atención adecuada y segura para los pacientes.
Sección Sindical de CTA en la Empresa UTE TSI SSGA Córdoba
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